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Ayuda para gastos de funeral en el IMSS

Fuente: IMSS (http://www.imss.gob.mx/prestaciones/subsidiosayudas/Pages/ayuda_funeral.aspx)

 
AYUDA PARA GASTOS DE FUNERAL

Es la prestación económica que se otorga a la persona, preferentemente familiar, de un asegurado o pensionado fallecido.

 

La cantidad a pagar por esta ayuda es de 60 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal a la fecha de la defunción.

 

Los requisitos para tener derecho a la ayuda son:

 

  • Cuando fallezca un pensionado o un asegurado que tenga reconocidas cuando menos 12 cotizaciones semanales en el seguro de enfermedades y maternidad en los nueve meses anteriores al fallecimiento.
  • Tratándose del fallecimiento de un asegurado por un riesgo de trabajo, no requiere semanas previas de cotización.
  • En caso de que el fallecimiento sea de un pensionado deberá de haber estado vigente en sus derechos.
  • La solicitud se debe presentar antes de haber transcurrido un año a partir de la fecha de fallecimiento del asegurado o pensionado, ya que de lo contrario prescribe el derecho a la prestación.

 

A fin de mejorar la atención a la población derechohabiente, ahora es posible presentar la solicitud para esta prestación en el Servicio de Prestaciones Económicas de cualquier unidad de medicina familiar del IMSS, en un horario de 8:00 a 15:00 hrs. de lunes a viernes.

 

La documentación que debe acompañar a su solicitud es la siguiente:

 

  • Identificación oficial del interesado solicitante con fotografía y firma (credencial para votar o cartilla del Servicio Militar Nacional o pasaporte o cédula profesional o Credencial ADIMSS), tratándose de extranjeros pasaporte o forma migratoria.
  • Copia certificada del Acta de Defunción y copia fotostática para cotejo. Si se trata de documento en idioma diferente al español, deberá presentar adicionalmente la traducción autorizada o emitida por un perito reconocido por el Tribunal Superior de Justicia de cualquier Entidad Federativa del territorio nacional, o bien a falta de éste por alguna institución o entidad oficial, como son las Universidades o Instituciones autorizadas para ello.*
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población, no necesario cuando se trate de extranjeros que no radiquen en México, original para requisitar la solicitud, mismo que es devuelto al interesado. Este documento no es necesario cuando presente la credencial ADIMSS.
  • Cuenta original de los gastos de funeral y copia fotostática para cotejo (factura o documento fiscal que avala el pago de los servicios funerarios de un asegurado o pensionado del IMSS, que describa cualquier gasto como es el ataúd, cremación, embalsamamiento, equipo de velación, derechos del servicio de entierro o servicio de traslado y en general gastos por servicios funerarios o de velación). De ocurrir el deceso en el extranjero en un país con idioma diferente al español, deberá presentar adicionalmente la traducción autorizada o emitida por un perito reconocido por el Tribunal Superior de Justicia de cualquier Entidad Federativa del territorio nacional o bien a falta de éste por alguna institución o entidad oficial, como son las Universidades o Instituciones autorizadas para ello.*
  • Documento que contenga el número de seguridad social del finado.
  • Sólo tratándose de fallecimiento de un asegurado por un riesgo de trabajo, copia simple del aviso para calificar probable riesgo ST-1 o ST-7, calificado por el Servicio de Salud en el Trabajo del Instituto.

 

De no presentar la documentación completa y correcta (sin borraduras, tachaduras o enmendaduras) no se podrá iniciar el trámite.

 

*Estos documentos se presentan en original y copia fotostática. El original se requiere para efectos de cotejar la copia fotostática y se devuelve al interesado.

 

La persona que haga la petición deberá ser preferentemente la que se encuentre descrita en la cuenta original de los gastos de funeral o en su caso, la persona a quien el concesionario transmita los derechos en este documento, presentando ambas identificaciones oficiales.

 

El tiempo máximo de respuesta que se tiene para que el Instituto entregue la resolución del trámite es de 28 días naturales, a partir de la fecha de la solicitud.

 

Para su cobro deberás acudir a cualquier sucursal de la institución bancaria que se le indique en la unidad médica donde realizaste tu solicitud, presentando la siguiente documentación:

 

  • Volante de pago, documento emitido por el Instituto.
  • Identificación oficial con fotografía y firma credencial para votar, pasaporte o cédula profesional).

 

El volante de pago tiene una vigencia de 30 días naturales para realizar el cobro.

 

Para denuncias, comentarios, quejas e información puedes dirigirte al:

 

Teléfono: 01800 623 23 23 desde cualquier parte de la república.

Correo electrónico: prestaciones.econom@imss.gob.mx Correo electrónico

 

Todos los trámites son gratuitos

 

Para mayor información consulte la ficha IMSS-01-010 de COFEMER Liga externa

Última modificación : 

2012/10/31, 13:00 hrs., Fuente: División de Subsidios y Ayudas

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